Ingreso fijo en UF de por vida
Podrás pactar el pago de una pensión en UF, la que se pagará de por vida
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Tenemos alternativas que te permitirán acceder a un mayor ingreso durante los primeros años.
Pensionados de Confuturo, que califican en programas sociales, reciben estos beneficios extra en el pago de su pensión.
Líderes
Pagamos mensualmente la pensión a más de 115.000 personas
Conoce nuestra compañíaTestimonios
Cesar Varas
Cliente Renta Vitalicia
Te detallamos las opciones de rentas vitalicias disponibles para ti:
Modalidad de pensión que contratas con una Compañía de Seguro de Vida, que se compromete al pago de una Pensión Vitalicia mensual fija en UF.
Modalidad de pensión en la que recibirás en un período determinado por ti, una pensión por parte de la AFP, y luego recibes tu Renta Vitalicia por parte de la Compañía de Seguros.
Es una modalidad mixta que te permite contratar una pensión de Renta Vitalicia en una Compañía de Seguros de Vida con una parte de tus fondos previsionales, y con la diferencia, un Retiro Programado en una AFP.
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Acércate a tu AFP y firma la Solicitud de Pensión y Declaración de Beneficiarios.
Dependiendo del tipo de pensión la AFP te indica el tiempo que debes esperar para recibir tu Certificado de Saldo. Este tiene una vigencia de 35 días.
Una vez emitido el Certificado de Saldo debes solicitar el ingreso de una Solicitud de Oferta en el sistema SCOMP. Solo las Compañías de Seguros, AFP y Asesor Previsional pueden ingresar las solicitudes.
En 8 días hábiles, recibirás el Certificado de Oferta en tu domicilio, el que tiene una validez de 12 días hábiles.
Es una modalidad de pensión, mediante la cual una Compañía de Seguros de Vida, te paga una pensión fija y en UF de por vida, a cambio de una prima única.
Las modalidades disponibles son:
1. Renta Vitalicia Inmediata:
Modalidad de pensión que contratas con una Compañía de Seguro de Vida, que se compromete al pago de una Pensión Vitalicia mensual fija en UF.
2. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida:
Modalidad de pensión en la que recibirás en un período determinado por ti, una pensión por parte de la AFP, y luego recibes tu Renta Vitalicia por parte de la Compañía de Seguros.
3. Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado:
Es una modalidad mixta que te permite contratar una pensión de Renta Vitalicia en una Compañía de Seguros de Vida con una parte de tus fondos previsionales, y con la diferencia, un Retiro Programado en una AFP.
Obtener una pensión fija de por vida para ti y tus beneficiarios legales de sobrevivencia, y optar por distintas cláusulas adicionales de acuerdo a tus necesidades.
Cláusula Adicional de Período Garantizado, Cláusula Adicional de Aumento Temporal de Pensión y Cláusula Adicional de Aumento de Porcentaje de Pensión de Sobrevivencia
Si contratas esta cláusula y falleces antes del término del período garantizado, la Compañía de Seguros de Vida te garantiza el pago del 100% de la pensión contratada distribuida entre tus beneficiarios legales por todo el tiempo remanente. Al término de dicho período, el pago de las pensiones de sobrevivencia se efectuará en los porcentajes que establece la ley. En caso que no tengas beneficiarios legales, el pago de las rentas mensuales garantizadas, se efectuará a aquellas personas que hayas designado, y en su defecto, a tus herederos legales.
Podrá ser contratada voluntariamente para Pensiones de Vejez, Invalidez o Sobrevivencia. Se puede contratar sola, o de forma conjunta con la cláusula de aumento temporal de pensión o con la cláusula de aumento de porcentaje de pensión de Sobrevivencia.
Si contratas esta cláusula y falleces, la Compañía de Seguros de Vida pagará a tu cónyuge y demás beneficiarios el monto de la renta vitalicia contratada, pero en un porcentaje superior al que establece la ley para los beneficiarios de pensión de sobrevivencia. Esta opción solo puedes solicitarla teniendo cónyuge.
Podrá ser contratada voluntariamente para Pensiones de Vejez o Invalidez. Se puede contratar sola o de forma conjunta con la cláusula de Período Garantizado de pago.
Permite obtener una pensión de mayor monto durante los primeros años de jubilación, constante y en UF, para luego descender a la pensión vitalicia contratada por el pensionado.
Si durante el Período de Aumento Temporal falleces, los porcentajes de pensión de sobrevivencia establecidos en el DL 3500, se aplicarán hasta el término de dicho período, sobre la Renta Vitalicia mensual aumentada.
Podrá ser contratada voluntariamente para pensiones de Vejez o Invalidez dentro de las modalidades de pensión de Renta Vitalicia Inmediata y de Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado. Se puede contratar sola o de forma conjunta con la cláusula de Período Garantizado de pago.
La documentación asociada a este seguro, se encuentra incorporada al depósito de pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo los siguientes código POL y CAD.